La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó las Disposiciones Especiales y Transitorias para el Establecimiento del Estado Familiar o Fallecimiento de las Víctimas de las Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños.
El jueves 14 de febrero, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó las Disposiciones Especiales y Transitorias para el Establecimiento del Estado Familiar o Fallecimiento de las Víctimas de las Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños. Este Decreto permitirá que, mediante un procedimiento especial (con vigencia de 18 meses), las víctimas de los hechos y sus familiares que no cuentan con documentos de identidad puedan establecer su parentesco y vínculos familiares.
La ratificación de esta medida representa un avance significativo en la garantía de los derechos de las víctimas de las masacres de El Mozote y lugares aledaños, las más grandes documentadas en América Latina en la historia reciente.
A partir de esta decisión, las víctimas podrían acceder a parte de las reparaciones ordenadas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), emitida en 2012 por estos hechos y cuyos avances en el cumplimiento fueron recientemente valorados por el Tribunal en una resolución de supervisión de noviembre de 2018. En esa ocasión, la Corte IDH llamó la atención al Estado salvadoreño, por los obstáculos que representaba la falta de implementación de mecanismos ágiles y efectivos para acreditar la condición de víctimas de a las graves violaciones de derechos humanos acreditadas por el tribunal.
Esta medida representa una oportunidad de avanzar significativamente hacia las reparaciones de quienes han aguardado 38 años para ser reconocidas, a partir de las masacres perpetradas entre el 10 y 12 de diciembre de 1981.
Este último punto cobra aún más relevancia, ante el paso del tiempo que afecta la salud de quienes sobrevivieron a las masacres e incluso han fallecido sin encontrar una reparación al daño causado.
CEJIL exhorta al Estado a continuar con su compromiso y con el cumplimiento activo a esta sentencia, como contribución esencial para que hechos de similar naturaleza no se repitan.