
Los países que extraen o importan materias primas debieron haber establecido hace tiempo normas y responsabilidades claras para responder por las consecuencias de la minería. En aras de la sustentabilidad, la mayoría de estos daños ya no deberían tolerarse en absoluto.
No faltan ejemplos de daños duraderos causados por la minería: en Nueva Escocia (Canadá), se prevé que de un solo montón de escombros de un proyecto minero se produzcan escapes de agua ácida durante 9.229 años. Tras la rotura del dique de Brumadinho en 2019, investigadores e investigadoras de Brasil constataron cambios en el microbioma del río Paraopeba, entre ellos una resistencia a los antibióticos que no existía con anterioridad. Las vetas de carbón de una mina fuera de servicio, bajo Wesselton (Sudáfrica), llevan ardiendo sin control desde 2011, dejando grietas en el paisaje y desprendiendo columnas de humo. En Pilbara (Australia Occidental), Río Tinto destruyó un yacimiento aborigen de 46.000 años de antigüedad durante la ampliación de una mina. Algunas zonas de la Cuenca del Ruhr (Alemania) dependerán para siempre de purificadoras de agua potable y del bombeo constante.
Cada año se crean nuevas instituciones para seguir desarrollando normas que permitan hacer frente a las consecuencias a largo plazo de la minería, como el Global Tailings Management Institute de Londres, impulsado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y por empresas comprometidas con la inversión responsable. Pero estas institucione no pueden gestionar por sí mismas las infraestructuras mineras fuera de servicio: eso es y seguirá siendo responsabilidad de cada uno de los países afectados. Otro ejemplo de lo larga y costosa que puede resultar la gestión a largo plazo del impacto ambiental de la minería, nos lo proporcionó el Director de Política Ambiental del Ministerio de Recursos Minerales y Energía de Sudáfrica. En 2007, calculó que la rehabilitación de las 6.100 minas fuera de servicio y abandonadas del país llevaría unos 800 años y costaría unos 6.870 millones de dólares. Sirva como ilustración lo siguiente: solo hace 61 años que Sudáfrica existe como república y la cantidad estimada corresponde al 1,64% de su producto interno bruto en 2021.
Adquisición de materias primas a expensas de la sustentabilidad en los países en desarrollo
La regulación de los daños indirectos causados por la extracción local de materias primas fue dejada de lado demasiado tiempo. Ahora es más urgente que nunca, sobre todo con vistas a una transición energética global y justa y a frenar el calentamiento global. La necesidad de sustituir los combustibles fósiles no debe ser una excusa para obtener las materias primas necesarias a expensas de la sustentabilidad en los países en desarrollo.
En muchos países, especialmente en el Sur Global, ni siquiera existe una definición que permita registrar los daños indirectos permanentes causados por la minería y evaluar los costes, por no hablar de normas, estrategias o reglamentos para hacerles frente. El control y la mitigación de daños son muy costosos. Esto es sumamente preocupante, ya que estos daños indirectos son un problema ambiental, pero también suponen enormes riesgos económicos y sanitarios para los municipios circundantes.
Lamentablemente, algunos grupos de interés ignoran este problema o se oponen activamente a cualquier intento de regular la minería o siquiera de incluir el tema en la agenda pública. En el curso del debate público sobre la nueva Ley de Aguas ecuatoriana (2021), la Cámara de Minas envió una carta al Presidente del Congreso y a la Comisión de Recursos Naturales. En ella, la Cámara argumentaba que imponer a las empresas la carga de la prueba respecto a los daños indirectos violaría la presunción de inocencia. Igualmente se aducía que el concepto de daño indirecto no está definido en la legislación ecuatoriana (lo que era precisamente el propósito de esta nueva ley) y que sería discriminatorio poner el punto de mira especialmente en la minería metálica. En Colombia, algunas empresas, universidades e incluso instituciones públicas han tomado medidas propagandísticas similares para desacreditar el concepto mismo de daños indirectos y negar que existan, a pesar de la abrumadora evidencia.
Se encubre el impacto ecológico y sociocultural
Al parecer estas empresas consideran subversivo que se informe a la opinión pública de todos los costes que tiene la minería. Se sienten discriminadas cuando se exigen marcos jurídicos rigurosos y consideran que aplicar el principio de «quien contamina paga» y el principio de «más vale prevenir que curar» es ser enemigo de la tecnología. Prefieren seguir encubriendo y no regulando el impacto ecológico y sociocultural a largo plazo y cargar al público con los costes del control y la mitigación de daños una vez finalizados los proyectos. Todo esto hace recomendable, por un lado, que los países proveedores cumplan urgentemente dos requisitos. En primer lugar, deben establecer normas claras y métodos de evaluación del impacto ecológico y sociocultural, a largo plazo, de la minería en la calidad del agua y otros medios de subsistencia naturales, incluyendo procesos participativos de toma de decisiones. En segundo lugar, deben prohibir explícitamente los daños indirectos permanentes en ambos ámbitos. Por otro lado, los países compradores deben estar obligados a realizar el procedente análisis de diligencia debida, así como a abogar de manera continuada por normativas locales que sean, al menos, tan estrictas como las de sus propios países. Solo si llevamos a la práctica estos cambios urgentes y necesarios podremos realizar mejores proyectos mineros e impedir aquellos que no cumplan estos requisitos y así, estar más cerca de conseguir nuestro objetivo de justicia ambiental.